la Asociación DALMA pide la declaración de impacto ambiental negativa para el parque eólico El Castillar por su impacto crítico al Parque Natural del Río Dulce y la Red Natura 2000.
En 2018 se presentaron cuatro proyectos de parques eólicos en la comarca de Sigüenza y Alto Henares, que afectaban de forma crítica a la biodiversidad y el paisaje, sumando un total de 435 MW (parques de Piedra Blanca, con 148MW, La Sierrezuela, con 101MW, Los Caveros, con 98MW y El Castillar, con 88 MW).
La Asociación Dalma, dentro de la plataforma formada por grupos ecologistas, vecinos de la zona y científicos para oponerse a estos parques eólicos, y ahora dentro de la Alianza Energía y Territorio (ALIENTE), presentó en la fase de sugerencias previas un extenso trabajo en el que ya se indicaba la inviabilidad medioambiental, paisajística y social de los proyectos y en la que se solicitaba una serie de requisitos ineludibles en la realización de los preceptivos estudios de impacto ambiental en el caso de que la empresa solicitante decidiera llevar a cabo los proyectos presentados, entre ellos una evaluación conjunta del impacto de todos ellos.
El pasado 19 de febrero se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara el anuncio del periodo de alegaciones al proyecto relativo a uno de los cuatro parques ya mencionados, concretamente El Castillar (términos municipales de Algora y Torremocha del Campo) con un total de 70 MW.
La ejecución de este proyecto va a suponer una afección crítica a especies amenazadas (águila perdicera, alimoche, alondra ricotí, águila real, buitre leonado entre otros), hábitats y espacios amparados por las directivas europeas de conservación de la Naturaleza (Directiva Aves y Directiva Hábitats) y por la ley 42/2007 de Patrimonio Natural, a distinta escala territorial, biogeográfica, y muy especialmente al icónico Parque Natural del Río Dulce.
A la vista del estudio de impacto ambiental presentado por el promotor, la Asociación DALMA considera que presenta graves carencias y deficiencias tanto en su elaboración como en los resultados obtenidos y en la evaluación de los impactos, lo que impide valorar la grave afección de este proyecto sobre la biodiversidad. Además, el Informe sobre la Red Natura 2000 que incluye este estudio de impacto ambiental en ningún momento demuestra la ausencia de impacto sobre esta. Tal y como indica la jurisprudencia, en la conocida como sentencia Wadden, es condición indispensable por lo que ejecución pondría en riesgo la coherencia y la conectividad de todos los espacios protegidos a los que afecta.
Sirva como ejemplo que en el estudio de impacto ambiental no se ha radiomarcado ninguna de las especies prioritarias afectadas por el proyecto, lo que imposibilita evaluar cual va a ser la afección sobre éstas. Es importante tener en cuenta que estas especies de aves nidifican dentro de los límites del Parque Natural, pero para su alimentación, la de sus pollos y gran parte de su ciclo vital necesitan extensas áreas de vuelo que exceden con mucho las áreas protegidas de éste.
Otro ejemplo del escaso valor del estudio de impacto ambiental es que además no se ha realizado trabajo de campo en los meses de julio, agosto y septiembre fechas cruciales para la reproducción de estas especies.
Tampoco se ha evaluado correctamente la afección a la población de alondra ricotí presente en la zona, no informando en ningún momento de la ubicación de los ejemplares detectados en el estudio.
Además, este proyecto de parque eólico no se enmarca en ningún plan en vigor sobre el desarrollo de energía eólica en Castilla-La Mancha, y por lo tanto no existe una Evaluación Ambiental Estratégica del desarrollo de la energía eólica a nivel autonómico, por lo que la autorización de cualquier instalación de este tipo incumple la Ley 21/2013 de evaluación ambiental, relativa al ámbito de aplicación de la evaluación ambiental estratégica impidiendo evaluar el impacto real sobre la biodiversidad y el paisaje del área.
Ubicación de los aerogeneradores limítrofes al parque natural
Como se ve en el gráfico, la instalación de los aerogeneradores es limítrofe al Parque Natural, estando estos ubicados a 4,5 kms. del único nido de águila perdicera (uno de los principales valores naturales por el que fue declarado) que se hay en él. Además, afecta a 12 parejas de alimoche (casi el 20% de la población provincial). El resto de la población de rapaces rupícolas (buitre leonado, águila real, halcón peregrino) también se verá críticamente afectada dada la inmediatez de los molinos.
Consideramos inadmisible y una irresponsabilidad la instalación de este parque eólico en las inmediaciones del Parque Natural del Río Dulce por todas las afecciones enumeradas anteriormente sobre la biodiversidad y el paisaje, así como por la falta de rigor en la realización del estudio de impacto ambiental, pero además porque estamos ante uno de uno de los espacios naturales más emblemáticos de la provincia de Guadalajara, ahora y desde hace mucho tiempo. El Parque Natural del Río Dulce es y debe seguir siendo motor de la comarca de Sigüenza manteniéndose intacto, para que Historia, Valores Naturales, Arte y Paisaje viajen de la mano como ejemplo de desarrollo.
Está en juego la integridad del Parque Natural del Río Dulce, que no se circunscribe a sus límites de protección, y con ello la posibilidad de perder uno de los rincones más espectaculares de Guadalajara y algunas de las especies más emblemáticas y en peligro de nuestra fauna.
Por todo lo anteriormente expuesto la Asociación DALMA pide la declaración de impacto ambiental negativa para el parque eólico del Castillar por su impacto crítico al Parque Natural del Río Dulce y la Red Natura 2000.
Asociación DALMA