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En la Plataforma de Contratación del Sector Públicopodemos encontrar valiosa documentación sobre la gestión económica de las Administraciones estatal, autonómica y local. Por ejemplo, hallaremos datos acerca de la «Remodelación y mejora del Parque de la Alameda en Sigüenza»En 

El Boletín Oficial del Estado continúa siendo una fuente inagotable de información, pero en la actualidad le ha surgido una dura competidora: la Plataforma de Contratación del Sector Público (https://contrataciondelestado.es/wps/portal/plataforma). Es un portal digital del Ministerio de Hacienda y Función Pública en el que los interesados o los ciudadanos podemos encontrar valiosa documentación sobre la gestión económica de las Administraciones estatal, autonómica y local, e incluso de otros organismos públicos. Basta poner en el buscador «Sigüenza» para encontrar en qué se gasta o invierte el dinero público en nuestra ciudad. Por ejemplo, hallaremos datos acerca de la «Remodelación y mejora del Parque de la Alameda en Sigüenza»: resolución de inicio, proyectos, memoria, aprobación del expediente, composición de la mesa de contratación, apertura de sobres con las ofertas de los licitadores presentados, informe técnico sobre justificación de ofertas anormalmente bajas o la resolución de la adjudicación.

Cuando comenzó la obra de la calle Paseo de La Alameda, y no entro en la posibilidad que existió de mejorar las diferentes canalizaciones y de enterrar el cableado de las fachadas, incluido ese cable que aparece en todas las fotos hechas a las torres de la Catedral desde la puerta central de La Alameda, se agravó la crisis económica y el precio de todo tipo de bienes se encareció ostensiblemente, entre ellos los que utilizan las empresas constructoras, algo que, sin duda, ya lo estaban padeciendo desde finales de 2021. La elevada inflación ha tenido que conducir a algunas empresas a sustituir los elementos proyectados en las obras, públicas o privadas, por otros «más asequibles», puesto que los costes se elevaron muy por encima de las previsiones económicas iniciales. Las soluciones adoptadas por las empresas han sido muy diversas. Los contratos, sin embargo, están para cumplirse y, como se dice en el mundo jurídico, «el contrato es ley para las partes», aunque puede alegarse la cláusula «rebus sic stantibus», es decir, mientras no varíen las circunstancias, pues estas permiten modificar las condiciones pactadas, posibilidad que, en el caso de estas obras, de haberse producido, no se ha publicado.

Entre la documentación citada, podemos leer en la página 34 de la Memoria descriptiva y justificativa: «Restauración de elementos de valor existentes y colocación de nuevos elementos de mobiliario urbano. Ya se ha indicado que es necesario restaurar algunos elementos y recuperar otros. Se consideran elementos arquitectónicos, escultóricos o decorativos de valor histórico los siguientes: la barbacana en todo su perímetro con sus accesos…». Indagando, hallaremos algo más concreto:

«Se tendrá especial cuidado en la restauración de los elementos existentes en el parque, realizados en piedra y cuya construcción, en general, data de los primeros tiempos de la urbanización del parque. Estos elementos se describen con detalle en el plano nº 7 de la documentación gráfica, y están formados por la barbacana o muro perimetral que delimita el parque casi en su totalidad, los hitos que marcan puntos de acceso dentro de este murete perimetral, además de algunos bancos ubicados en el interior del parque. La barbacana perimetral cuenta en gran parte de su longitud con una reja de forja, que se habrá que limpiar y restaurar en su caso. En la zona que carece de reja en la actualidad se colocará una similar a la existente para completar la solución en todo el perímetro de la barbacana» (p. 2 de la Memoria constructiva).

La pregunta, a la vista de la barandilla que se ha puesto en un paseo de comienzos del siglo XIX este 27 de octubre, resulta obvia: si la reja que estaba previsto colocar en los tramos de la barbacana que no la tienen debía ser «similar a la existente», ¿la que se ha colocado responde al proyecto? La respuesta mayoritaria, incluida la del equipo de gobierno municipal (viernes 28), ha sido que no. En cualquier caso, debemos esperar a saber qué se entiende por similar, que no es siempre sinónimo de idéntico. En el futuro, además, convendría evitar, en la medida en que resulte factible, rozas en los sillares como las que se han realizado para nivelar la instalada.

Por otra parte, iban a ser, o son, 126 «bolardos de forma esférica (modelo Zaffiro o similar), realizados en PDM, o piedra artificial, de 0,50 m de diámetro, apoyados en base de acero inoxidable», y se colocarían, y se han colocado, «en el viario rodado, evitando la invasión de vehículos en las zonas peatonales» (página 14 de la Memoria constructiva). En la misma documentación se aclara que PDM es «piedra reconstituida» que, por lo que he indagado, es una mezcla de diferentes materiales –colantes, incluido el cemento, arenas y pigmentos– y se considera un perfeccionamiento de la piedra artificial. Es decir, un material que podía adecuarse al entorno en el que se iban –ahora en pasado– a colocar, pues en las fachadas de las casas de la calle Paseo de La Alameda y en la barbacana predomina la piedra arenisca, que podría haberse imitado a través de su pigmentación. El presupuesto terminado de su suministro y colocación ascendía a 17.233,02 euros.

Los bolardos que se finalmente se colocaron, como magníficamente los describió Letizia Arbeteta en este periódico, son «bolas blancas, bastas, de cemento o lo que eso sea, con la línea del molde atravesando ecuatorialmente sus rechonchas barrigas». Solo de cemento donde predomina la piedra. Como chinchetas clavadas en un corcho, unas acabaron desprendiéndose por la acción de malintencionados y otras por su deficiente colocación. El caso es que nos dieron mucho que hablar. Circuló, incluso, fotografía de edificio hospitalario contemporáneo con bolardos idénticos, poniéndose en evidencia que servían para arquitectura del siglo XVIII/XIX y para la del XX/XXI.

Durante siglos existió en Sigüenza la figura del almotacén o fiel almotacén, a quien correspondía comprobar las medidas empleadas para vender y la calidad de los géneros. En el supuesto de que no se correspondieran a lo establecido, quebraba unas u otros. De este modo, bienes y manufacturas debían cumplir con parámetros de medida, peso y calidad. Bien es cierto que siempre quedaba a los vecinos la posibilidad de rechazar aquello que no se ajustara a las exigencias enumeradas.

Parece evidente que durante la ejecución de esta obra se han sumado diferentes problemas de costes y calidades que divergen entre lo proyectado y lo realizado. Si esto es así, ¿las Administraciones implicadas la recibirán en estas condiciones? ¿Exigirán el respeto a las calidades y formas proyectadas antes de proceder a su recepción? Si se ha admitido algún reformado en el proyecto todavía no se ha publicado.

Hasta ahora, y bienvenida sea la decisión con respecto a la barandilla, he echado de menos en todo este asunto el ejercicio por parte del equipo de gobierno del Ayuntamiento de la competencia que en materia de protección y gestión del patrimonio histórico le atribuye, como propia, el art. 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; del art. 7 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, acerca de su conservación «adoptando las medidas oportunas para evitar su deterioro, pérdida o destrucción»; y del art. 23 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha. También resulta significativo el silencio del resto de la corporación y de quien forma parte de organismos de defensa del patrimonio histórico.

Aunque espero que el coste de la obra no se haya disparado, conviene recordar lo que se pactó entre las administraciones pues, de momento y salvo que se proceda a un nuevo convenio, es «ley para las partes». El 29 de julio de 2021 se firmó el Convenio de colaboración entre la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la Diputación provincial de Guadalajara y el Ayuntamiento de Sigüenza para la ejecución del proyecto de mejora y acondicionamiento del Paseo de La Alameda de esta localidad. En la cláusula novena podemos leer: «Son obligaciones asumidas por el Consistorio de Sigüenza… d) Asumir todo gasto o coste de eventuales modificados de proyecto y de su ejecución o de cualquier otra índole que surjan durante la ejecución del presente convenio y sean necesarios para la debida finalización de las obras... f) Recepcionar las actuaciones una vez finalizadas y puestas a su disposición, incluyendo las mismas a todos los efectos, y en particular a los de su mantenimiento y conservación, en el patrimonio del Ayuntamiento».

Por último, y vaya por delante que no soy experto en señalización viaria, a pesar de que las señales verticales indican que existen unos pasos de cebra, ¿alguien los ha visto en la calzada de la calle Paseo de La Alameda? Es habitual que tales pasos vengan delimitados por varias líneas blancas de cierta anchura. Basta leer el artículo 166 del Reglamento general de circulación que, en su apartado 2, establece que «las marcas viales pueden ser: marcas blancas longitudinales, marcas blancas transversales, señales horizontales de circulación, otras marcas e inscripciones de color blanco y marcas de otros colores». Su artículo 168 concreta que «marca de paso de peatones» es «una serie de líneas de gran anchura, dispuestas sobre el pavimento de la calzada en bandas paralelas al eje de ésta y que forman un conjunto transversal a la calzada». Adecuarse a estas reglas evitaría confusiones de viandantes y conductores. Si me he equivocado, tengan la amabilidad de corregirme. Gracias de antemano.

 

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Unos bancos con cinco ménsulas.

 

 

 

 

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Viñeta

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